Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Acción de amparo constitucionalSubtema: LEGITIMACIÓN ACTIVA
Líneas Jurisprudenciales:
Agregar a favoritos

Cuando la tutela la solicita, quién no es agraviado personal y directo con un acto u omisión denunciada de ilegal, es inviable el recurso por falta de legitimación activa

¿Quieres ganar dinero?

Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.

Más información
1

SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

III.5. Finalmente, corresponde señalar que, en virtud del principio de existencia de agravio personal y directo, el recurso de amparo constitucional debe promoverse por la persona a quién perjudica el acto o la omisión denunciada de ilegal, por cuanto debe existir una vinculación y relación directa entre el acto u omisión reclamada con la lesión de intereses jurídicos protegidos, como son los derechos fundamentales y garantías constitucionales. En situación contraria, vale decir cuando la tutela la solicita quién no es agraviado personal y directamente con un acto u omisión denunciada de ilegal, es inviable el recurso por falta de legitimación activa, que ha sido entendida por este Tribunal en SC 517/2002-R, de 8 de mayo,  como: una relación directa entre el recurrente y el derecho que se invoca como violado, en función del interés personal que tiene quien pide el Amparo, entendimiento reiterado en las SSCC 1337/2003-R, 1170/2003-R, 979/2003-R, entre otras.

Para ver los extractos que forma esta linea jurisprudencial, es necesario que inicie sesión

Otros precedentes

1

Entendimiento y fundamento de la legitimación activa en la acción amparo constitucional

Agregar a favoritos
2

Las personas jurídicas (privadas) para interponer acción de amparo constitucional, deben acompañar poder notarial y adjuntar otros requisitos inherentes a la existencia de la persona jurídica

Agregar a favoritos
3

Presentación de la acción de amparo constitucional mediante poder notarial especial, suficiente y bastante

Agregar a favoritos
4

Toda persona que busca tutela mediante la acción de amparo constitucional, debe acreditar su legitimación activa

Agregar a favoritos
5

Cuando la acción tutelar es consecuencia de un proceso judicial, no será exigible el cumplimiento de los requisitos inherentes a la existencia de la persona jurídica (privada)

Agregar a favoritos
6

Distinción entre legitimación activa y la capacidad procesal para interponer la acción de amparo constitucional

Agregar a favoritos
7

El poder notarial otorgado por el accionante, faculta a la representante a plantear la acción de amparo en contra de una persona natural, incurriendo en una falta de individualización respecto de la persona jurídica Cooperativa de Transporte Nacional e Internacional de Carga “Mejillones Ltda.”; sin embargo, la falta de técnica queda superada cuando la valoración de un poder dentro de todo proceso debe regirse por la interpretación más favorable a la acción procesal

Agregar a favoritos
8

En torno a la falta de legitimación activa de la autoridad judicial para cuestionar la decisión asumida en revisión respecto a su excusa

Agregar a favoritos
9

En torno a la legitimación activa de los abogados patrocinantes, que demandan el cobro de honorarios profesionales, a través de la acción de amparo constitucional

Agregar a favoritos
10

La legitimación activa como requisito de procedencia en la acción de amparo constitucional

Agregar a favoritos
11

La legitimación activa en la acción de amparo, en casos o circunstancias en los que el accionante fallece

Agregar a favoritos
12

Legitimación activa de las personas jurídicas (públicas) para interponer acción de amparo constitucional

Agregar a favoritos
13

Legitimación activa de las personas naturales o físicas para interponer la acción de amparo constitucional

Agregar a favoritos
14

Legitimación activa en la acción de amparo constitucional relacionada con la recusación como mecanismo para impugnar el derecho al juez natural o imparcial

Agregar a favoritos
15

Los poderdantes, únicamente tenían facultades administrativas y de representación sobre la empresa privada en liquidación, por lo que no podían otorgar a favor del apoderado, prerrogativas que no fueron expresa y específicamente otorgadas por la referida Sociedad, a efectos de que se apersone a sede constitucional e interponga la presente acción de amparo constitucional

Agregar a favoritos
16

Quien pretende actuar en representación de una asociación de hecho -para activar la jurisdicción constitucional-, debe acreditar tal vocación, acompañando los acuerdos de los miembros que la integran, en aplicación de la norma citada

Agregar a favoritos
17

Respecto a la legitimación activa de los defensores de oficio y estatales, para interponer la acción de amparo constitucional

Agregar a favoritos
18

Respecto a la legitimación activa en la acción de amparo constitucional, por sucesión procesal (herederos)

Agregar a favoritos