Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal PenalTema: Excepciones e incidentesSubtema: EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN
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La prescripción de la acción penal, en torno al delito de uso de instrumento falsificado

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SC 0003/1100-R

Fundadora
Es el razonamiento constitucional que dio lugar al origen del precedente constitucional

Sin embargo, en cuanto al delito de uso de instrumento falsificado inserto en la previsión del art. 203 del Código Penal (CP), definido como: El que a sabiendas hiciere uso de un documento falso o adulterado, será sancionado como si fuere autor de la falsedad, al haberse rechazado la prescripción de la acción penal por el transcurso del tiempo en base al argumento de que el término para que opere  la prescripción de la acción recién comienza a partir del año 2003, que es el momento en que se tuvo conocimiento de la supuesta falsedad de los documentos impugnados, considerando la generalidad de los delitos, tanto el Juez como los Vocales demandados no han tomado en cuenta que este hecho punible por su naturaleza es de carácter permanente, por lo que el cómputo para este delito corre a partir del momento en que cesó su consumación, a cuyo fin las autoridades demandadas debían considerar este aspecto, teniendo en cuenta que de obrados se colige que el accionante dio como garantía los documentos de trasferencia de los bienes inmuebles en cuestión, de un préstamo de dinero del Banco de Crédito, asimismo, usó estos documentos para demandar proceso ordinario de reivindicación de derecho de propiedad, desocupación de inmueble, más resarcimiento de daños y perjuicios contra Juana Paniagua de Vargas y Perfecto Vargas, por una parte y por otra, igual proceso contra Adalid Castedo Suárez y Jenny Raquel Rivero Vaca (fs. 27 a 32 y 34 a 38).

(...)

Corresponde, asimismo, a las autoridades demandadas al momento de pronunciarse respecto al cómputo del término de prescripción del delito de uso de instrumento falsificado, tomar en cuenta su carácter permanente, así como el hecho de que el cómputo, en este caso, deberá correr a partir del momento en que cesó su consumación a objeto de establecer la extinción de la acción penal o la continuación del proceso penal seguido  contra el accionante.

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Cómputo de la prescripción

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Entendimiento y configuración procesal de la extinción de la acción penal por prescripción

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Fundamento constitucional del instituto jurídico de la prescripción de la acción penal

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Oportunidad (plazo) para interponer la excepción de extinción de acción penal por prescripción

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