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El Fiscal Departamental, cuando emite resolución jerárquica resolviendo lo determinado por la o el fiscal de materia, tiene la obligación de hacerlo de forma motivada y fundamentada
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Más informaciónEl art. 73 del CPP, establece que: Los fiscales formularán sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica, norma concordante con el art. 57 de la LOMP, que dispone: Las y los Fiscales formularán sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica.
Normas que deben ser observadas por los representantes del Ministerio Público al momento de pronunciar sus resoluciones, a fin de dar conocimiento a las partes sobre las razones, por las que asume una determinada decisión dentro un proceso penal, con el objeto de resguardar el derecho a la defensa y garantías constitucionales.
De lo precedentemente descrito se establece que toda resolución emitida por la autoridad fiscal, debe observar una adecuada fundamentación y motivación, exponiendo los hechos y citando las normas que sustentan la parte dispositiva de la resolución asumida, no solo mencionar las pruebas aportadas por las partes, sino expresar el valor que dan a las mismas, para que el justiciable no tenga duda de que la decisión fue en apego a las normas que rigen la materia.
En ese contexto, debemos destacar la obligación que tiene el Fiscal Departamental, cuando emite resolución jerárquica resolviendo lo determinado por la o el fiscal de materia, de hacerlo de forma motivada y fundamentada, en estricta observancia del art. 73 del CPP, exponiendo los hechos y citando las normas que sustentan la parte dispositiva de la determinación asumida y no limitarse a mencionar lo expuesto por las partes.
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