Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho ConstitucionalTema: Función de Defensa de la SociedadSubtema: MINISTERIO PÚBLICO
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El desplazamiento procede respecto a los fiscales de materia institucionalizados y no así de otros funcionarios no institucionalizados

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

De lo expuesto se extrae que, el desplazamiento de fiscales de materia institucionalizados, es una medida excepcional que debe encontrarse suficientemente justificada de forma que se acredite que no existe la posibilidad de desplazar a otros funcionarios no institucionalizados; asimismo, debe tomarse en cuenta que dicha garantía está prevista en la ley por la función que ejercen los representantes del Ministerio Público, de forma que se despeje toda duda respecto a la objetividad de su trabajo.

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Otros precedentes

1

El desplazamiento de fiscales de materia en el territorio del Estado, como medida excepcional, debe respetar sus derechos fundamentales y estar debidamente fundamentada y motivada

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2

El desplazamiento de los fiscales de materia no implica traslado definitivo del lugar de sus funciones

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3

El desplazamiento no puede ser entendido o utilizado como una sanción hacía la servidora o servidor público

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4

El Fiscal Departamental, cuando emite resolución jerárquica resolviendo lo determinado por la o el fiscal de materia, tiene la obligación de hacerlo de forma motivada y fundamentada

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5

El Ministerio Público y el principio de unidad

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6

El principio de congruencia no constituye un parámetro infranqueable al momento de resolver las impugnaciones y emitir las resoluciones jerárquicas, de manera que el Fiscal Departamental, se encuentra facultado para examinar y considerar otros elementos del requerimiento impugnado, aunque no hubiesen sido rebatidos por las partes

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7

El rol del Ministerio Público en la etapa preparatoria del proceso penal

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8

Funciones constitucionales encomendadas al Ministerio Público

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9

La actuación del Ministerio Público se encuentra sujeta a principios

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10

La complementación, explicación y enmienda, respecto a las resoluciones dictadas por los fiscales

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11

La exigencia de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones del Ministerio Público en la valoración de la prueba

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12

La motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público

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13

La obligación de los Fiscales (de Materia, Fiscales Departamentales e incluso Fiscal General del Estado) de emitir resoluciones de sobreseimiento debidamente motivadas y fundamentadas

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14

Marco normativo que regula las funciones del Ministerio Público

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15

Rol y funciones que desempeña el Fiscal Departamental dentro del Ministerio Público

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