Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Acción de amparo constitucionalSubtema: LEGITIMACIÓN PASIVA
Líneas Jurisprudenciales:
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Legitimación pasiva de los servidores públicos y la sucesión o cambio de cargos

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SC 0003/1100-R

Moduladora
Es el razonamiento constitucional que modifica un precedente pero no en su totalidad

III.4. La legitimación pasiva es la calidad que se  adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción; empero, debe entenderse que la demanda debe estar dirigida contra la “autoridad” que ostente el cargo desde el cual se realizó el acto ilegal o se incurrió en la omisión indebida, sin que ello implique que, en caso de existir responsabilidades ersonalísimas, como la penal, el funcionario que haya accedido al cargo  con posterioridad al acto lesivo de derechos, tenga que asumir las consecuencias únicamente por encontrarse en funciones al momento de iniciarse la demanda y porque ésta haya sido dirigida en su contra.

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Otros precedentes

1

Del personal subalterno en la acción de amparo constitucional (funcionarios de apoyo judicial)

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2

En casos en los que el acto lesivo puede ser corregido por una autoridad o tribunal de última instancia (amparo constitucional)

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3

Corresponde denegar la acción de amparo constitucional sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, cuando el Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión de constate el incumplimiento de la legitimación pasiva

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4

Cuando exista una clara vulneración de derechos fundamentales y garantías constitucionales y se cometa un error en cuanto a la identificación del demandado, siendo que la demanda fue dirigida contra un ente colegiado público o privado, no se puede denegar la tutela por falta de legitimación, debiendo ingresar al análisis de fondo

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5

Cuando los Magistrados del Tribunal Constitucional incurran en actos u omisiones ilegales o indebidas que restrinjan o supriman derechos o garantías constitucionales podrán ser recurridos de amparo constitucional

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6

Entendimiento y comprensión de la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional

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7

Es posible conceder excepcionalmente la tutela, a pesar que el verdadero responsable o autor de la lesión no hubiese sido demandado

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8

Flexibilización de las reglas de la legitimación pasiva respecto a instancias de dirección vacantes, en entidades públicas o privadas

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9

Flexibilización de legitimación pasiva tratándose de acciones de amparo constitucional, cuyo objeto es el cumplimiento de conminatorias de reincorporación laboral

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10

La inmunidad parlamentaria para ser juzgado, no es aplicable cuando la autoridad o el funcionario público incurre en atentados contra los derechos fundamentales de las personas

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11

Legitimación pasiva de los asesores jurídicos

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12

Legitimación pasiva de los entes colegiados pertenecientes a la Universidad, asambleas de sociedades cooperativas, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sindicatos, asociaciones entre otros similares

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13

Legitimación pasiva de los tribunales o entes colegiados en la acción de amparo constitucional

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14

Sobre la legitimación pasiva en casos emergentes de procesos judiciales

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