Materias

Entendimiento de la igualdad formal
¿Quieres ganar dinero?
Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.
Más informaciónEl fundamento de la protección constitucional reforzada de los derechos de las personas pertenecientes a sectores en condiciones de vulnerabilidad es la igualdad en su múltiple dimensión, valor-principio-derecho, fuertemente proclamada en el nuevo orden constitucional, que debe ser comprendida en sus dos vertientes: La igualdad formal y la igualdad material, que se hallan complementadas, compatibilizadas y conciliadas en el texto constitucional.
En efecto, cuando la Constitución Política del Estado, desde su Preámbulo declara que el Estado Plurinacional se basa en la igualdad entre todos, prohibiendo y sancionando conforme dispone el art. 14.II de dicho cuerpo legal toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica o social, tipo de ocupación, grado de instrucción, discapacidad, embarazo, u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de toda persona, debido a que como afirma el art. 8.II del la CPE, el Estado se sustenta entre otros valores en el de igualdad, lo que hace la Ley Fundamental es consagrar la igualdad formal entre todas las personas, a través de diversas concreciones, como por ejemplo la igualdad entre el hombre y la mujer o prohibición de discriminación fundada en razón de sexo, la prohibición de discriminación por el estado de embarazo, o la igualdad entre las personas independientemente de sus capacidades físicas, mentales, psicomotoras, etc., o prohibición de discriminación fundada en razón de discapacidad, etc.
Para ver los extractos que forma esta linea jurisprudencial, es necesario que inicie sesión
Otros precedentes
Entendimiento a la igualdad de las partes procesales
Entendimiento y finalidad del derecho a la igualdad
Cuando se identifiquen acciones positivas o normas podrían crear situaciones de discriminación, la jurisdicción constitucional debe someter esa denuncia al test de razonabilidad de la discriminación
El derecho a la igualdad comprendido como principio, valor y derecho fundamental
El derecho a la igualdad en la Corte Interamericana de Derechos Humanos
El Derecho a la igualdad y su eficacia con relación a particulares
El redimensionamiento del valor-principio-derecho y garantía de la igualdad y no discriminación a partir de las características de nuestro modelo de Estado, desde la perspectiva colectiva
El requisito previsto en la Convocatoria, para ser Director de Carrera, referente a que se cuente con título a nivel licenciatura de la misma carrera o de una carrera afín y maestría afín a la carrera, cuyos títulos sean expedidos por el “Sistema Nacional de Universidades Públicas”, es restrictivo para los profesionales que no se titularon de universidades públicas, como los profesionales licenciados de universidades privadas y profesionales con estudios superiores en universidades del extranjero
Entendimiento a la igualdad jurídica
Entendimiento de la igualdad material o sustantiva (discriminación positiva)
Entendimiento y comprensión de la discriminación
Entendimiento y comprensión del racismo
Existirá lesión al derecho de igualdad, cuando una ley sea aplicada de forma diferente a una o a varias personas con relación al resto de ellas
Funciones que nacen de la conciliación, complementación y complementariedad de la igualdad en sus vertientes formal y material
Las etapas que conforman el test de razonabilidad de la desigualdad
No toda desigualdad constituye necesariamente una discriminación
Normativa nacional e internacional respecto al derecho a la igualdad