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Entendimiento y comprensión de lucro cesante y daño emergente
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Más informaciónCorresponderá pues, por lo expuesto, dilucidar cual es el significado de daño emergente y lucro cesante: a) Daño emergente (pág. 6 Tom. III, D-E) , según señala Cabanellas (1994), es la pérdida sobrevenida al acreedor por culpa u obra del deudor, al no cumplir la obligación, se traduce en la disminución del patrimonio; b) Lucro cesante es (pág. 232 Tom. V, J-O), la ganancia o beneficio que se ha dejado de obtener por obra de otro, perjudicial para los propios intereses
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Otros precedentes
Base normativa y fundamento para la reparación de daños, en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (jurisprudencia convencional)
Criterios para su procedencia; si su calificación es sobre la base de los criterios del daño emergente y lucro cesante
Modalidades de reparación desarrolladas en la jurisprudencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Normativa internacional respecto a la reparación integral a las víctimas de violaciones de derechos humanos y del derecho internacional humanitario
Procedimiento
Reparación, indemnización y resarcimiento, por daño antijurídico provocado
Toda autoridad o persona natural o jurídica, que vulnere derechos fundamentales de las personas, será responsable por sus actos u omisiones antijurídicas, reparando las vulneraciones cometidas contra las víctimas de manera oportuna (exhortación al Órgano Legislativo para la emisión de una ley de desarrollo del artículo 113 de la CPE)
Toda víctima de vulneraciones manifiestas de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario, debe ser reparada por los daños sufridos ocasionados
Indemnización por reparación del daño inmaterial causado (daño moral). Su calificación en base a salarios mínimos nacionales.