Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Acciones tutelaresSubtema: REPARACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS
Líneas Jurisprudenciales:
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Entendimiento y comprensión de lucro cesante y daño emergente

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SC 0003/1100-R

Fundadora
Es el razonamiento constitucional que dio lugar al origen del precedente constitucional

Corresponderá pues, por lo expuesto, dilucidar cual es el significado de daño emergente y lucro cesante: a) Daño emergente (pág. 6 Tom. III, D-E) , según señala Cabanellas (1994), es la pérdida sobrevenida al acreedor por culpa u obra del deudor, al no cumplir la obligación, se traduce en la disminución del patrimonio; b) Lucro cesante es (pág. 232 Tom. V, J-O), la ganancia o beneficio que se ha dejado de obtener por obra de otro, perjudicial para los propios intereses

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Toda autoridad o persona natural o jurídica, que vulnere derechos fundamentales de las personas, será responsable por sus actos u omisiones antijurídicas, reparando las vulneraciones cometidas contra las víctimas de manera oportuna (exhortación al Órgano Legislativo para la emisión de una ley de desarrollo del artículo 113 de la CPE)

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Toda víctima de vulneraciones manifiestas de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario, debe ser reparada por los daños sufridos ocasionados

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