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Marco normativo respecto a los requisitos para la inserción laboral obligatoria
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Más informaciónEn este contexto, el DS 3437 de 20 de diciembre de 2017, estableció:
ARTÍCULO 4.- (REQUISITOS DE BENEFICIARIAS Y BENEFICIARIOS PARA LA INSERCIÓN LABORAL OBLIGATORIA).
I. Las personas con discapacidad, la madre o el padre, cónyuge, tutora o tutor que se encuentre a cargo de una o más personas con discapacidad menores de dieciocho (18) años o con discapacidad grave y muy grave, que deseen acceder al beneficio de inserción laboral, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Requisitos Generales:
a) Cédula de Identidad vigente;
b) Carnet de discapacidad vigente registrado en el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional de Personas con Discapacidad SIPRUNPCD o carnet de afiliado al Instituto Boliviano de la Ceguera IBC, del beneficiario, de la hija o hijo, tutelada o tutelado y cónyuge, según corresponda.
2. Además de los requisitos generales según cada caso concreto se presentarán los siguientes requisitos específicos:
a) Para personas con discapacidad: Únicamente los requisitos generales detallados en el numeral 1 del presente Parágrafo;
b) Para madre o padre: Certificado de nacimiento original de la hija o hijo con discapacidad;
c) Para tutora o tutor: Copia legalizada de la resolución judicial de nombramiento;
d) Para cónyuge: Certificado de matrimonio o copia legalizada de la resolución judicial de reconocimiento de unión libre que demuestre el vínculo conyugal con la persona con discapacidad grave y muy grave, según corresponda
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Otros precedentes
La persona que este a cargo de una persona con discapacidad debe demostrar su condición de tutor legal
Los trabajadores o funcionarios con discapacidad, o los trabajadores o funcionarios que tengan bajo su dependencia personas con discapacidad gozarán de inamovilidad funcionaria
Una supuesta reestructuración, no constituye una causal justificada de despido de las personas con discapacidad que presten servicios en los sectores público y privado
Documentos a través de los cuales se acredita a los beneficiarios de la inamovilidad laboral (padres, madres, cónyuges y tutores legales)
En relación al trabajador que tenga bajo su cuidado a una o más personas mayores de dieciocho años con discapacidad
Inamovilidad laboral de las personas con discapacidad -marco normativo-
Respecto a la presentación de la certificación o carnet de discapacidad expedido por el CODEPEDIS, para gozar de inamovilidad laboral
Respecto a los diversos grados de discapacidad, leves, moderadas, graves y gravísimas
Si bien las personas con capacidades diferentes no pueden ser retiradas de su fuente de trabajo, salvo causales legalmente establecidas; sin embargo, cuando es el propio trabajador quien se desvinculó de la empresa en la que prestaba sus servicios, no gozan de dicha garantía.