Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho LaboralTema: Inamovilidad LaboralSubtema: PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Líneas Jurisprudenciales:
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Los trabajadores o funcionarios con discapacidad, o los trabajadores o funcionarios que tengan bajo su dependencia personas con discapacidad gozarán de inamovilidad funcionaria

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Más información
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El accionante acreditó que, por una decisión judicial fue nombrado como tutor ad litem de su hermana mayor de edad, quien tiene una discapacidad mental o psíquica del 50%; por tanto, la entidad demandada (SEDES) al no reconocerlo, vulneró los derechos al trabajo, a la salud y seguridad social del accionante, de su hermana discapacitada y de sus sobrinos; toda vez que, impidió que cuenten con un salario digno para su sustento

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El accionante, antes de que se inicie el proceso de selección de su puesto, hizo conocer a la autoridad demandada que no era posible llevar adelante la convocatoria del cargo; ya que, tenía inamovilidad laboral por ser tutor de una persona con discapacidad; sin embargo, su solicitud nunca fue respondida, por la MAE del SEDES; sino más bien continuó el proceso de selección, y a la conclusión del mismo se expidió el Memorándum de agradecimiento de servicios; cuando correspondía previamente, definir si correspondía o no la inamovilidad; al no haber observado este trámite previo, no solo lesionó los derechos denunciados, sino que causó un daño a la entidad

Otros precedentes

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La persona que este a cargo de una persona con discapacidad debe demostrar su condición de tutor legal

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2

Una supuesta reestructuración, no constituye una causal justificada de despido de las personas con discapacidad que presten servicios en los sectores público y privado

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3

Documentos a través de los cuales se acredita a los beneficiarios de la inamovilidad laboral (padres, madres, cónyuges y tutores legales)

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4

En relación al trabajador que tenga bajo su cuidado a una o más personas mayores de dieciocho años con discapacidad

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5

Inamovilidad laboral de las personas con discapacidad -marco normativo-

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6

Marco normativo respecto a los requisitos para la inserción laboral obligatoria

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7

Respecto a la presentación de la certificación o carnet de discapacidad expedido por el CODEPEDIS, para gozar de inamovilidad laboral

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8

Respecto a los diversos grados de discapacidad, leves, moderadas, graves y gravísimas

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9

Si bien las personas con capacidades diferentes no pueden ser retiradas de su fuente de trabajo, salvo causales legalmente establecidas; sin embargo, cuando es el propio trabajador quien se desvinculó de la empresa en la que prestaba sus servicios, no gozan de dicha garantía.

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