Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: DERECHOS, GARANTÍAS Y PRINCIPIOSTema: Derechos y garantías constitucionalesSubtema: DERECHO AL TRABAJO
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Entendimiento, comprensión y finalidad del derecho al trabajo

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SC 0003/1100-R

Fundadora
Es el razonamiento constitucional que dio lugar al origen del precedente constitucional

CONSIDERANDO:  Que el art. 7-d) de la Constitución Política del Estado consagra el derecho al trabajo, entendido como la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para desarrollar cualquier actividad física o intelectual tendiente a generar su sustento diario como el de su familia.

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El ser humano como hombre trabajador

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Fines y funciones del Estado en torno al derecho al trabajo

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La interferencia del derecho al trabajo, conlleva a la perturbación del libre desarrollo de la personalidad

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Límites en el ejercicio al derecho al trabajo

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Se encuentra ampliamente reconocido en la Constitución Política del Estado de 2009

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Doble connotación del derecho al trabajo (derecho exigible y deber de todo boliviano)

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Doble connotación material del derecho al trabajo: a) En relación de dependencia; y, b) Por cuenta propia

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El derecho al trabajo no consiste en la pretensión incondicional de ejercer un oficio o cargo específico, en un lugar determinado por el arbitrio absoluto del sujeto, sino se trata de la facultad, in genere, para desarrollar una labor remunerada en un espacio y tiempo indeterminados

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El derecho al trabajo, no es necesariamente una relación de dependencia, sino también puede ser de manera independiente, a una actividad lícita generada con recursos propios

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La no discriminación en el ejercicio del derecho al trabajo

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Los puestos de venta de los comerciantes en los mercados de abasto, son una manifestación del derecho al trabajo al que puede acceder todo ciudadano

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