Materias

Es posible plantear por más de una vez la misma excepción, bajo la condición de que deba sustentarse en motivos diferentes
¿Quieres ganar dinero?
Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.
Más informaciónEl Juez de Sentencia Penal, al declarar no ha lugar a la reposición planteada sobre la decisión de remisión de obrados al Tribunal Supremo de Justicia, bajo el sustento de que ya se habían resuelto las excepciones iguales anteriormente, no consideró que la jurisprudencia constitucional, precisó que era posible la presentación por más de una vez, de cualquiera de las excepciones reguladas por el art. 308 del CPP
Otros precedentes
Cuando no se haya notificado al procesado con el inicio de investigación en el momento procesal oportuno, el plazo establecido en el artículo 314 del CPP para la interposición de excepciones e incidentes, deberá ser computado a partir de la notificación con el inicio de investigación e imputación formal
Efectos de los recursos de apelación planteados contra Resoluciones que resuelven excepciones en la etapa preparatoria
Su interposición, conocimiento y resolución en la etapa de juicio
Entendimiento, comprensión y finalidad de las excepciones en el proceso penal
Interposición, conocimiento, resolución y efectos de las excepciones en la etapa preparatoria
La falta de resolución de la excepción de extinción de la acción penal por reparación integral del daño, constituye lesión al derecho al debido proceso vinculado con los principios de celeridad procesal, seguridad jurídica y legalidad del accionante, ya que lo que correspondía era dar cumplimiento al procedimiento previsto en el art. 314 del CPP
La falta de resolución de las excepciones, de extinción de la acción penal por vencimiento de la etapa preparatoria, incompetencia en razón de la materia, cosa juzgada, prescripción del delito y extinción por desistimiento, vulneró los derechos al debido proceso y al principio de celeridad; toda vez que, existe una evidente retardación de justicia, por no haberlas resuelto durante más de un año, impidiendo que la accionante detenida preventivamente, pueda cambiar su situación jurídica
Oportunidad de su planteamiento y resolución de las excepciones en el proceso penal