Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: DERECHOS, GARANTÍAS Y PRINCIPIOSTema: Principios del derechoSubtema: PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY
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Las normas jurídicas que regulen procesos electorales ingresan al ámbito de la aplicación retroactiva de la ley

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1

SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

se entiende que las normas jurídicas que regulen procesos electorales ingresan al ámbito de la aplicación retroactiva para regular un acto eleccionario que se hubiese iniciado en vigencia de la norma anterior y debe concluir cuando la nueva norma entró en vigor en pleno proceso.

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Otros precedentes

1

Al constituirse en una garantía a favor del ciudadano y no del Estado, impide que una norma reciente pueda afectar a plazos de prescripción que empezaron a computarse en vigencia de una norma anterior

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2

La aplicación de la norma procesal penal se rige por el tempus regis actum y la aplicación de la norma sustantiva penal por el tempus comissi delicti

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3

La Autoridad Sumariante obró correctamente al calificar las faltas disciplinarias de acuerdo a la Ley Orgánica del Ministerio Público abrogada y al aplicar el procedimiento disciplinario de acuerdo a la Ley Orgánica del Ministerio Público vigente

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4

La irretroactividad de la ley en la Constitución Política del Estado de Bolivia y los Tratados y Convenios Internacionales de DDHH

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5

La norma vigente al momento del inicio del cómputo del plazo de prescripción, es la norma con la cual debe realizarse el mismo, aun si de manera posterior a dicho plazo hubiere sido cambiado

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6

Distinción entre la retroactividad “auténtica” y la “no auténtica” de la Ley

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7

El principio de irretroactividad de la ley, no solo es exigible en el ámbito de la justicia ordinaria, sino también en materia administrativa

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8

El principio de irretroactividad de la ley, respecto a los derechos adquiridos y las meras expectativas

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9

El principio de la irretroactividad de la ley, como regla tiene su excepción, es la retroactividad o el efecto retroactivo de una ley

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10

La garantía de la irretroactividad de la norma no puede limitarse a la ubicación de la disposición normativa en cuestión; es decir, el juez no debe centrar su análisis en si la norma está en el cuerpo adjetivo o en el sustantivo

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11

La prohibición de aplicación retroactiva de la ley penal, se extiende a las normas de contenido sustantivo

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12

Las normas procesales pueden ser aplicadas de manera inmediata a todos los procesos que se inicien o que están pendientes al momento en que entran en vigor

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13

Naturaleza y fundamento jurídico del principio de irretroactividad de la ley

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14

Se permitirá la aplicación retroactiva del derecho penal sustantivo contenido en la Ley 004, siempre y cuando su aplicación por los jueces o tribunales sea en el marco del principio de favorabilidad

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