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Razonamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), respecto a la importancia del deber de fundamentación y motivación de los fallos judiciales
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Más informaciónEn ese marco y partiendo del reconocimiento expreso que efectuó la SC 0110/2010-R de 10 de mayo, respecto a que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), forman parte del bloque de constitucionalidad, partiendo del análisis del art. 410 de la CPE, resulta útil acudir al razonamiento asumido por dicha instancia internacional de protección de derechos humanos, sobre la importancia del deber de fundamentación y motivación de los fallos judiciales, con el objeto de garantizar el cumplimiento del art. 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), en el siguiente sentido: El Tribunal ha resaltado que las decisiones que adopten los órganos internos, que puedan afectar derechos humanos, deben estar debidamente fundamentadas, pues de lo contrario serían decisiones arbitrarias [...]. En este sentido, la argumentación de un fallo debe mostrar que han sido debidamente tomados en cuenta los alegatos de las partes y que el conjunto de pruebas ha sido analizado. Asimismo, la motivación demuestra a las partes que éstas han sido oídas y, en aquellos casos en que las decisiones son recurribles, les proporciona la posibilidad de criticar la resolución y lograr un nuevo examen de la cuestión ante las instancias superiores. Por todo ello, el deber de motivación es una de las debidas garantías incluidas en el artículo 8.1 de la Convención para salvaguardar el derecho a un debido proceso [...].
La Corte ha precisado que el deber de motivar no exige una respuesta detallada a todo argumento de las partes, sino que puede variar según la naturaleza de la decisión, y que corresponde analizar en cada caso si dicha garantía ha sido satisfecha [...][1].
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La razonabilidad en la motivación de las resoluciones, prescribe una práctica democrática basada en entendimientos razonados y razonables
Las razones de hecho y de derecho de las decisiones judiciales, deben exponerse con tal claridad y precisión, que otorguen seguridad jurídica a las partes procesales
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Respecto a la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones vinculadas a la interpretación de la legalidad ordinaria y la valoración de la prueba
Supuestos a través de los cuales, se restringe el derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones