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Debe ser precautelado el derecho a la defensa por toda persona y autoridades donde se haya generado algún tipo de proceso
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Más informaciónDe las citas y razonamiento desarrollado, se concluye que el derecho a la defensa, así sea en el ámbito administrativo, debe ser respetado y cumplido por toda persona y autoridades donde se haya generado algún tipo de proceso sea este aún en el orden administrativo sancionador; toda vez que al aperturarse un sumario, donde existe la seria posibilidad de infligir una sanción de orden administrativa por la contravención a normas administrativas, implica que debe escucharse a la persona sometida a un proceso, con el único fin que pueda defenderse presentando los descargos que considere necesarios y oportunos a su pretensión de defensa, lo contrario implicaría ingresar a un régimen totalitario donde se desconoce el debido proceso en su elemento a la defensa del encausado.
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Otros precedentes
Elementos que comprenden el derecho a la defensa
No se produce indefensión cuando la persona voluntariamente se colocó en dicha situación
Para que se tutele la indefensión, el accionante deberá demostrar que jamás tuvo conocimiento del proceso
Prohibición de autoincriminarse de manera coaccionada o inducida, en los procesos penales y disciplinarios
Connotaciones del derecho a la defensa
Cualquier proceso o imposición de una sanción, que no emerja de un debido proceso en el que se haya resguardado el derecho a la defensa, da lugar a que el reconocimiento y la garantía de ese derecho sea meramente un acto simbólico
El derecho a la defensa debe ser interpretado siempre conforme al principio de la favorabilidad, antes que restrictivamente
El derecho a la defensa en época de la pandemia por el COVID-19
El derecho a la defensa irrestricta, es un elemento esencial del proceso sancionatorio
El derecho a ser escuchado en el proceso, está vinculado directamente con el derecho a la defensa en juicio
Entendimiento, comprensión y finalidad del derecho a la defensa
La debida comunicación procesal como presupuesto del derecho a la defensa y a la impugnación como parte del debido proceso