Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho ProcesalTema: JurisprudenciaSubtema: JURISPRUDENCIA
Líneas Jurisprudenciales:
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Sólo se puede exigir la igualdad en la aplicación de la Ley al mismo órgano; es decir, a un juez o tribunal que aplique a supuestos o hechos iguales consecuencias jurídicas también iguales sin que pueda exigírsele la aplicación de resoluciones o Sentencias dictados por otros órganos

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

La regla de la igualdad procesal aludida impide una ruptura irreflexiva e irrazonada con el precedente, producido por el mismo órgano.
Bajo este entendimiento queda claro que sólo se puede exigir la igualdad en la aplicación de la Ley al mismo órgano, es decir que un juez o tribunal aplique a supuestos o hechos iguales consecuencias jurídicas también iguales sin que pueda exigírsele la aplicación de resoluciones o Sentencias dictados por otros órganos; además que en cada caso debe considerarse las circunstancias que rodean al caso concreto; pues en el campo de la justicia ordinaria, salvo los supuestos del art. 420 con relación al 416, ambos del Código de procedimiento penal, la jurisprudencia se constituye en el criterio orientador para los jueces y tribunales, del cual pueden apartarse, de lo que se desprende no se ha demostrado la supuesta vulneración al principio de la igualdad, en la aplicación de la Ley reclamada.

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Otros precedentes

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En los asuntos que no son susceptibles de casación, corresponde uniformidad la jurisprudencia a los Tribunal Departamentales de Justicia

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2

La función obligatoria de uniformar la jurisprudencia por el Tribunal Supremo de Justicia

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3

Los máximos tribunales de justicia de las jurisdicciones existentes en el estado Plurinacional de Bolivia, tienen la función obligatoria de asentar y uniformar la jurisprudencia dentro de cada una de sus jurisdicciones

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4

Para no lesionar el derecho a la igualdad en la aplicación de la ley, el apartamiento del precedente no puede ser irreflexivo ni arbitrario, sino razonado y razonable

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5

Vinculación horizontal del precedente judicial en la jurisdicción ordinaria

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6

Vinculación vertical del precedente judicial de la jurisdicción ordinaria

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7

La jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, constituye fuente indirecta de derecho, vinculante a los órganos administrativos emisores de actos administrativos, como es el caso de la Autoridad de Impugnación Tributaria

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8

Sobre el precedente jurisprudencial vinculante

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9

Sobre el valor de la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia como fuente indirecta de Derecho

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