Materias

Las medidas cautelares, se rigen por el sistema de audiencias, en las que se aplican los principios de oralidad, concentración y continuidad
¿Quieres ganar dinero?
Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.
Más informaciónEl sistema procesal penal boliviano asumió la oralidad y publicidad de las actuaciones, en las que las partes se enfrentan con igualdad, y si bien nuestra norma procesal penal establece el juicio como la etapa central del proceso y no ha previsto expresamente la oralidad en la etapa anterior al juicio; sin embargo, la consideración de las medidas cautelares, por mandato legal, se rige por el sistema de audiencias en las que rigen, entre otros, los principio de oralidad, concentración y continuidad.
Dichos principios forman una triada donde se apoya el sistema acusatorio[11] y que debe ser aplicada también a la tramitación de las solicitudes de medidas cautelares. Así, el principio de concentración es entendido como la unificación o reunión en un mismo acto de cuestiones determinadas, con la finalidad de que la audiencia se desarrolle en una sola sesión o en el menor número de estas. La finalidad de tal principio reviste gran importancia en el propio curso del procedimiento, pues con ello se facilita el trabajo del juez o tribunal, al efectuarse una verificación de pruebas y argumentos de manera concentrada. Por otra parte, cabe resaltar que este principio conlleva la continuidad del acto, interrumpiéndose el acto procesal sólo por causa de fuerza mayor, obligando su continuación sin mayor dilación más aun cuando en ese actuado está involucrado el derecho a la libertad física.
Para ver los extractos que forma esta linea jurisprudencial, es necesario que inicie sesión
Otros precedentes
Aplicación del principio de proporcionalidad en las medidas cautelares dentro el proceso penal
Es posible aplicar medidas cautelares hasta antes de que el sobreseimiento este ejecutoriado; y si la decisión del Fiscal adquirió ejecutoria corresponde a la autoridad jurisdiccional disponer la libertad inmediata del sobreseído
Características de las medidas cautelares
Cuando la competencia del juez cautelar, sea observada mediante la interposición de una excepción de incompetencia por razón de territorio estando pendiente la atención a una solicitud de las partes, de aplicación, modificación o sustitución de medidas cautelares, dicha autoridad tiene la obligación legal de resolver el petitorio
El carácter instrumental de las medidas cautelares implica su aplicación y tramitación flexible y sin rigorismos procesales
En el análisis de procedencia de medidas cautelares de carácter personal, no es posible cuestionar y menos resolver sobre la adecuada o inadecuada atribución de tipos penales a los coimputados, pues ello constituye un análisis propio de la imputación formal
Entendimiento, comprensión y finalidad de las medidas cautelares
La jurisdicción constitucional, se encuentra impedida de revisar la ponderación de elementos de convicción, sobre cuya base se determina la detención preventiva, se concede el beneficio de cesación o se dispone su revocatoria
Tratándose de delitos de abuso sexual a niñas, niños y adolescentes, las autoridades judiciales deberán considerar la especial vulnerabilidad de dichas víctimas, a tiempo de aplicar las medidas cautelares