Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: DERECHOS, GARANTÍAS Y PRINCIPIOSTema: Principios del derechoSubtema: PRINCIPIO NON BIS IN ÍDEM
Líneas Jurisprudenciales:
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La prohibición del doble enjuiciamiento, debe ser extensible a los distintos campos del derecho sancionador (derecho penal, contravencional, disciplinario, administrativo, etc.)

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

Ahora bien, es necesario precisar que esta prohibición del doble enjuiciamiento, debe ser extensible a los distintos campos del derecho sancionador; es decir, es oponible frente a todo régimen jurídico que tenga por finalidad regular las condiciones en las que una persona pueda ser sujeta de proceso y sanción a consecuencia de una conducta o acto cometida por ella que sea contraria al ordenamiento jurídico; por lo que, la prohibición de doble juzgamiento y sanción o non bis in ídem, se aplica a en el derecho penal delictivo, el derecho contravencional, el derecho disciplinario, el derecho administrativo, etc.
Concluyéndose entonces que, este principio procesal, garantía y derecho humano fundamental, como elemento del debido proceso, establece una prohibición clara y expresa respecto a la posibilidad de un doble juzgamiento e imposición de sanción por un hecho que ya fue conocido, tramitado y resuelto con anterioridad, y sobre el cual pesa sentencia ejecutoriada con calidad de cosa juzgada.

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Otros precedentes

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Aspecto sustantivo y procesal o adjetivo

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2

En los casos de procesos disciplinarios contra servidores públicos, cuando por un mismo hecho se impone una sanción penal y otra administrativa, el principio del non bis in idem  no es aplicable, toda vez que en estos casos se vulneran diferentes bienes jurídicos

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3

Este principio no es aplicable exclusivamente al ámbito penal, sino que también lo es al ámbito administrativo,

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4

Posee una triple dimensión al igual que el debido proceso, por cuanto se constituye en un derecho fundamental, una garantía sustantiva y un principio rector del ordenamiento jurídico

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5

Entendimiento, comprensión y finalidad del principio non bis in ídem

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