Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: DERECHOS, GARANTÍAS Y PRINCIPIOSTema: Principios del derechoSubtema: PRINCIPIO NON BIS IN ÍDEM
Líneas Jurisprudenciales:
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En los casos de procesos disciplinarios contra servidores públicos, cuando por un mismo hecho se impone una sanción penal y otra administrativa, el principio del non bis in idem  no es aplicable, toda vez que en estos casos se vulneran diferentes bienes jurídicos

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

CONSIDERANDO: Que el proceso penal y  el proceso administrativo interno iniciados contra el recurrente persiguen otros fines, distintos a la moción de censura, pues el primero de los nombrados busca la imposición de una sanción por la comisión de un delito, y el segundo investiga la responsabilidad  del funcionario  en su accionar como servidor público.

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Otros precedentes

1

Aspecto sustantivo y procesal o adjetivo

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2

Este principio no es aplicable exclusivamente al ámbito penal, sino que también lo es al ámbito administrativo,

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3

Posee una triple dimensión al igual que el debido proceso, por cuanto se constituye en un derecho fundamental, una garantía sustantiva y un principio rector del ordenamiento jurídico

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4

Entendimiento, comprensión y finalidad del principio non bis in ídem

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5

La prohibición del doble enjuiciamiento, debe ser extensible a los distintos campos del derecho sancionador (derecho penal, contravencional, disciplinario, administrativo, etc.)

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