Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: DERECHOS, GARANTÍAS Y PRINCIPIOSTema: Derechos y garantías constitucionalesSubtema: DERECHO A LOS SERVICIOS BÁSICOS
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La Constitución Política del Estado reconoce a los servicios básicos como derechos fundamentales

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

El derecho al acceso a los servicios básicos de agua potable y electricidad está reconocido y consagrado como derecho fundamental por el art. 20.I de la CPE, dentro de los principios de universalidad y equidad; es decir que los servicios básicos como responsabilidad del Estado en todos los niveles de gobierno de manera directa o mediante contratos con empresas privadas como prevé el parágrafo II de la citada norma constitucional, no deben ser restringidos en el acceso por motivos o causas más allá de las previstas por las normas o procedimientos para tal efecto.

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Otros precedentes

1

La interrupción en los servicios básicos de un hogar en el que habitan niños, mujeres cabeza de familia, personas en situación de discapacidad, adultos mayores, merece una protección constitucional reforzada

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2

Cualquier acto arbitrario que suspenda o interrumpa la provisión o uso de servicios básicos, constituyen actos vulneratorios a derechos fundamentales, susceptibles de ser protegidos a través de las acciones tutelares

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3

El acceso al agua potable y alcantarillado, constituyen servicios básicos que tienen por fin cubrir las necesidades básicas de todo individuo y mejorar la calidad de vida de la población en general

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4

El derecho de acceso a los servicios básicos de agua potable y electricidad en la Constitución Política del Estado. Su protección durante la emergencia sanitaria en época de pandemia por el COVID-19

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5

El derecho de acceso de las personas a un Internet de calidad, en tiempos de la pandemia por Covid-19

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6

La provisión de telecomunicaciones, es un servicio básico que goza de la protección estatal a través de la acción de amparo constitucional

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