Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal PenalTema: Medidas cautelaresSubtema: MEDIDAS CAUTELARES DE CARÁCTER REAL
Líneas Jurisprudenciales:
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Momento hasta el cual resulta procedente formular el incidente para resolver el incidente sobre incautación de bienes sujetos a decomiso o confiscación

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

En ese entendido, el art. 54.7) del CPP establece que los jueces de instrucción serán competentes para: “ Conocer y resolver sobre la incautación de bienes y sus incidentes”. Esta disposición es concordante con el art. 255.I que señala: “Durante el proceso, hasta antes de dictarse sentencia, los propietarios de bienes incautados podrán promover incidente ante el juez de la instrucción que ordenó la incautación (...)”. (Las negrillas son nuestras).
A su vez, el art. 260.I del CPP señala: “El juez o tribunal, al momento de dictar sentencia resolverá el destino de los bienes incautados que no fueron objeto de devolución con motivo del incidente sustanciado ante el juez de la instrucción”(las negrillas son nuestras). Por su parte el art. 365 del CPP al hacer referencia al contenido de la sentencia condenatoria establece en su párrafo quinto que: “La sentencia decidirá también sobre las costas y sobre la entrega de objetos secuestrados a quien el tribunal entienda con mejor derecho a poseerlos. Decidirá sobre el decomiso, la confiscación y la destrucción previstos en la ley”.
De las disposiciones legales citadas precedentemente se tiene que la facultad del Juez de instrucción para tramitar y resolver incidentes respecto a bienes incautados subsiste hasta antes del pronunciamiento de la sentencia,

(...)

medida que no es indefinida, pues la definición sobre la situación jurídica del bien incautado corresponde privativamente al Juez o Tribunal que le corresponda emitir la sentencia en la que dispondrá, según sea el caso,  el decomiso, la confiscación, la destrucción o la devolución del bien incautado.

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