Materias

El Ministerio Público no puede emitir acusación de manera próxima o simultánea a la imputación, sino que debe existir un lapso de tiempo razonable entre ellas para asegurar el derecho a la defensa
¿Quieres ganar dinero?
Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.
Más informaciónIII.4. Que, de otro lado, debe tenerse presente que, conforme a los principios de igualdad (art. 12 CPP), el Fiscal no puede emitir acusación de manera simultánea a la imputación formal o próxima a ésta, sino que debe existir un lapso de tiempo razonable entre la imputación formal y la acusación, que posibilite al imputado ejercer ampliamente su derecho a la defensa. Dicho término debe ser fijado por el Juez cautelar, y puede ser ampliado, en su caso, a petición de las partes, pero nunca más allá del límite de tiempo fijado para la Etapa Preparatoria.
Para ver los extractos que forma esta linea jurisprudencial, es necesario que inicie sesión
Otros precedentes
Alcances y naturaleza jurídica de la imputación formal
Efectos de la imputación formal
El proceso penal se inicia con la imputación formal
La calificación de los hechos es provisional, por lo que puede modificarse en cualquier momento de la etapa investigativa o a la conclusión del mismo
La imputación formal no puede ser discrecional ni arbitraria, pues se encuentra limitada en el ámbito procesal por el derecho al debido proceso (defensa, deber de fundamentación, objetividad, congruencia y plazo razonable) y por el principio de legalidad y la garantía del tipo penal, en el ámbito del derecho sustantivo
Las modificaciones a la imputación formal deben ser intimadas de igual manera al imputado
Conforme lo establece el art. 305 del CPP únicamente puede ser objetada la resolución fiscal de rechazo de la denuncia o querella, pero no así la imputación formal
El juez a tiempo de fundamentar la resolución que imponga una medida cautelar, no puede suplir la ausencia de motivación de la imputación formal
Imputación formal: Límites de la jurisdicción constitucional
La falta de fundamentación de la imputación formal, vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y limita el ejercicio del derecho a la defensa.
La fundamentación de la imputación formal y su relevancia en las resoluciones de medidas cautelares