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La finalidad de las notificaciones en los procesos disciplinarios
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Más informaciónLa justicia constitucional, en relación a todas las esferas del poder y a través de su brazo tutelar de control de constitucionalidad, resguarda la vigencia de derechos fundamentales; en ese orden, en la esfera disciplinara, en cuanto al tema de notificaciones, entendiendo a estas como actuaciones procedimentales de comunicación, destinadas a poner en conocimiento a las partes procesales o terceros interesados el contenido de actos administrativos o resoluciones expresas, merced al principio de relevancia constitucional y atendiendo la teleoleología de estos mecanismos procedimentales de comunicación, pueden ser tutelados a través de la acción de amparo constitucional, cuando dicha actuación no efectivice su teleología, es decir cuando no se haya cumplido con la finalidad de dar conocimiento del contenido de un acto administrativo a sus destinatarios.
Esta concepción, encuentra un antecedente directo en la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional, específicamente en la SC 1845/2004-R de 30 de noviembre, ratificada de manera uniforme a partir de la SC 0257/2010-R de 31 de mayo.
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Otros precedentes
La falta disciplinaria de inasistencia injustificada no puede constituirse por hechos fortuitos o fuerza mayor ajenos a la voluntad de la persona
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En una nueva relación laboral a plazo fijo, resulta contradictorio ejecutar una sanción impuesta y no ejecutada en razón de un anterior contrato de trabajo, respecto a un funcionario público despedido mediante proceso sumario interno
Entendimiento, comprensión y finalidad del proceso disciplinario
Los servidores públicos provisorios, de libre nombramiento, eventuales, o dentro de los funcionarios previstos en el art. 6 del EFP, no pueden ser destituidos por una supuesta falta disciplinaria, si previamente no se desarrolló de un proceso previo
No pueden ser destituidos los funcionarios de libre remoción, -por no haber acudido a su fuente laboral por tres días consecutivos-, si previamente no se les inició un debido proceso administrativo
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