Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal PenalTema: Medidas cautelaresSubtema: APREHENSIÓN
Líneas Jurisprudenciales:
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Entendimiento, comprensión y finalidad de la aprehensión

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

La aprehensión se define como la acción o efecto de aprehender, que significa prender o capturar a alguien. Dentro del sistema procesal penal boliviano, la  aprehensión  está concebida como la acción de una autoridad pública de capturar a una persona y conducirla compulsivamente ante la autoridad competente, es decir, ponerla a disposición del Juez en forma inmediata o máximo en el plazo que las normas legales  señalan. En caso de delito flagrante esa potestad está reconocida inclusive a los particulares,   quienes, al igual que las autoridades, deben  remitir al aprehendido ante la autoridad jurisdiccional competente, sin dilaciones de ninguna naturaleza.

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Otros precedentes

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Al juez de la instrucción le corresponderá conocer y resolver las denuncias sobre la legalidad de la aprehensión del imputado (formal y material), en la audiencia señalada para la consideración de medidas cautelares previo a atender la imputación formal y resolver la medida cautelar si la hubiere

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Si al imputado se le impuso medidas sustitutivas, sin que antes haya estado detenido preventivamente, corresponde a la autoridad judicial ordenar la libertad del aprehendido y concederle un plazo razonable para que dé cumplimiento a lo dispuesto o en caso de contar con detención domiciliaria, se ordene la misma y no así mantener la privación de libertad en celdas judiciales

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3

Si el juzgador declara la ilegalidad -material o formal- de la aprehensión no está obligado a disponer llanamente la libertad del imputado, dado que previo a ello, deberá culminar con el actuado al que se convocó

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4

Si se determina que existió aprehensión ilegal, ello no implica que en forma automática la detención preventiva también sea ilegal, ya que ambas medidas responden a otros presupuestos y elementos distintos

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5

Si se verifica la ilegalidad de la aprehensión, se dispondrá la aplicación de responsabilidades para quien corresponda

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6

Validez o vigencia de los mandamientos de aprehensión

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