Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal CivilTema: Mecanismos de impugnaciónSubtema: RECURSO DE APELACIÓN
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Requisitos de admisibilidad de la apelación en materia civil frente a la justicia material

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

Dentro de ese marco, a efectos de acceder a su interposición, se deben cumplir con los requisitos estipulados en la normativa legal vigente; traducidos en la expresión fundamentada de los agravios sufridos como consecuencia de la resolución impugnada; aspectos que abrirán la competencia del juez o tribunal de alzada, para ingresar al análisis de fondo de lo demandado y pronunciar una resolución basada en derecho; no obstante ello, no es posible exigir que la argumentación contenida en el memorial del recurso, sea ampulosa; pues basta con que exprese y fundamente sobre los puntos resueltos por el inferior que son objeto de impugnación por causar lesión de derechos fundamentales y/o garantías constitucionales.
Sin embargo de lo señalado, realizando una interpretación desde y conforme a la Ley Fundamental, no es admisible la exigencia de una extrema rigurosidad en las formas, que se traduzca en denegación de justicia, dando lugar a una decisión injusta que infrinja los principios constitucionales. Precisamente por esas razones, cuando de los datos del proceso sea posible identificar los agravios sufridos por el apelante, deberá la autoridad jurisdiccional que se encuentra en conocimiento del recurso de apelación, extraerlos para la resolución del caso; y si el memorial de demanda, aunque de manera ambigua, exponga medianamente tales agravios, entonces, con mayor razón deberá prevalecer la justicia material o sustancial sobre la formal, para pasar a emitir una decisión en el fondo, despojándose de paradigmas que impidan la materialización de la función de impartir justicia.
En consecuencia, será posible rechazar el uso del recurso de alzada, solamente en aquellos casos de extrema carencia de elementos suficientes para su consideración; es decir, que ni de los actuados procesales ni de los fundamentos esgrimidos por el apelante se puedan deducir los daños o lesiones de derechos y garantías.

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Otros precedentes

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El recurso de apelación presentado contra la Sentencia emitida dentro la ordinaria de reivindicación de inmueble y enriquecimiento ilegítimo, a horas 16:51:21 a través del sistema del Buzón Judicial resulta completamente válido, en virtud a lo establecido por el art. 110 de la LOJ, que permite formular un recurso de apelación dentro del último día hábil para su presentación, considerando que el día concluye a las 24:00 horas; en tal sentido, las autoridades demandadas, al haber razonado en sentido contrario, vulneraron el derecho al debido proceso en su elemento impugnación y al acceso a la justicia; y, los principios pro homine y pro actione del accionante

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Entendimiento, comprensión y finalidad del recurso de apelación en el proceso civil

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Entendimiento, procedencia y finalidad del recurso de apelación en el efecto suspensivo

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4

Independientemente de la forma de la resolución judicial, -auto o decreto- que resuelva una solicitud de complementación y enmienda, procede la suspensión del plazo procesal para interponer el recurso de apelación

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Para la interposición de la apelación en materia civil, se requiere el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad

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6

Procedencia del recurso de apelación en el efecto suspensivo

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