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Entendimiento, comprensión y finalidad de la guarda
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Más informaciónEn ese ámbito, regula el instituto de la guarda, definiéndolo como "una institución que tiene por objeto el cuidado, protección, atención y asistencia integral a un niño, niña o adolescente con carácter provisional y es otorgada mediante resolución judicial a uno de los progenitores; en casos de divorcio y separación de las uniones conyugales libres y en otros casos a terceras personas carentes de autoridad parental o tuición legal" (negrillas añadidas).
El art. 43 del CNNA establece las siguientes clases de guarda:
"1. La Guarda en desvinculación familiar, sujeta a lo previsto por el Código de Familia y que es conferida por el Juez de Familia; y,
2. La Guarda Legal que es conferida por el Juez de la Niñez y Adolescencia a la persona que no tiene tuición legal sobre un niño, niña o adolescente y sujeta a lo dispuesto por este Código".
Conforme se puede apreciar la guarda es una institución destinada a cuidar, proteger, atender y asistir integralmente al niño, en la que se tienen que observar los principios de interés superior del niño, autonomía progresiva y de respeto a las opiniones del niño,
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Otros precedentes
La guarda tiene carácter provisional y puede ser modificada cuando el interés superior del niño así lo requiera
Marco normativo, del instituto de la guarda como competencia de las autoridades jurisdiccionales en Materia Familiar y de la Niñez y Adolescencia