Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho AgroambientalTema: Procedimientos AgrariosSubtema: NULIDAD Y ANULABILIDAD
Líneas Jurisprudenciales:
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Entendimiento, comprensión y finalidad de la demanda de nulidad o anulabilidad de títulos ejecutoriales

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

En ese orden, se tiene que el proceso de nulidad de título ejecutorial tiene como objeto examinar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes a tiempo del otorgamiento de un título ejecutorial, las causales para invocarlo se encuentran previstas en el art. 50 de la LNSRA; que establece: I. los Títulos Ejecutoriales estarán viciados de nulidad absoluta: 1. Cuando la voluntad de la administración resultare viciada por: a) Error esencial que destruya su voluntad; b) Violencia física o moral ejercida sobre el administrador; c) Simulación absoluta, cuando se crea un acto aparente que no corresponde a ninguna operación real y se hace aparecer como verdadero lo que se encuentra contradicho con la realidad; y, 2) Cuando fueren otorgados por mediar: a) Incompetencia en razón de la materia, del territorio, del tiempo o de la jerarquía, salvo, en este último caso que la delegación o sustitución estuvieren permitidas; b) Ausencia de causa por no existir o ser falsos los hechos o el derecho invocados; y, c) Violación de la ley aplicable y formas esenciales.
De esta manera, resulta viable efectuar un control de legalidad a través de este medio de defensa, en razón a que todo acto que se hubiere formado con vicios, en definitiva no nace a la vida jurídica, siendo atribución imperativa del Tribunal Agroambiental efectuar la revisión de los procesos y de los títulos que a consecuencia de ellos fueron emitidos.

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Otros precedentes

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El Tribunal Agroambiental, es competente para conocer y resolver sobre la nulidad o anulabilidad de títulos ejecutoriales

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Los razonamientos expresados por los Magistrados demandados, resultan insuficientes y contradictorios al establecer que la accionante no demostró los argumentos de su demanda de nulidad título ejecutorial, relacionado con la causal de nulidad de “Simulación absoluta”, por parte de la la comunidad campesina de Punilla

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Respecto a la nulidad y anulabilidad de Títulos Ejecutoriales agrarios tramitados por el ex Consejo Nacional de Reforma Agraria, el ex Instituto Nacional de Colonización o el Instituto Nacional de Reforma Agraria

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Sobre la falta de notificación a la accionante (mujer campesina), en el proceso de saneamiento, compelía a las autoridades demandadas considerar las manifestaciones expresadas por los demandados en el proceso de nulidad de título ejecutorial, que intervinieron en dicho proceso en representación de la Comunidad Punilla

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