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Su clasificación no debe ser interpretada para desplegar mecanismos de desprotección del capital humano
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Más informaciónPor otro lado, la clasificación de servidores públicos en el contexto del nuevo estado social de derecho, en sujeción a la Norma Suprema y garantía de los derechos fundamentales, no debe ser interpretada para desplegar mecanismos de desprotección del capital humano. La no implementación de la carrera administrativa y la consiguiente falta de estabilidad laboral en las entidades públicas, no le son atribuibles al personal operativo, siendo esta una responsabilidad de las MAEs, por lo que si bien dichos servidores no gozan de este derecho, tampoco debe derivar en una desprotección respecto a los otros derechos fundamentales, como ser protección de la maternidad en gestación, la paternidad y el recién nacido, entre otros.
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