Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Normas declaradas constitucionales e inconstitucionalesSubtema: CONSTITUCIONAL
Líneas Jurisprudenciales:
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INCONSTITUCIONALIDAD de los arts. 20 inc. h), 46 inc. b) y 48 inc. j) del D.S. Nº 24423 de 29 de noviembre de 1996

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 120-1ª de la Constitución Política del Estado, 54 y siguientes de la Ley Nº 1836, declara la INCONSTITUCIONALIDAD de los arts. 20 inc. h), 46 inc. b) y 48 inc. j) del D.S. Nº 24423 de 29 de noviembre de 1996 con los efectos establecidos por el art. 58-III de la Ley Nº 1836.

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Otros precedentes

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CONSTITUCIONAL el DS 28228, de 6 de julio de 2005, relativo a la convocatoria a elecciones generales

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CONSTITUCIONALIDAD de los arts. 1 y 4 del proyecto de la Ley 160/2019-2020 “CS”, Ley Excepcional de Prórroga del Mandato Constitucional de Autoridades Electas, de los Órganos del Poder Público del nivel central (Órganos Ejecutivo y Legislativo) y de las autoridades electas de los Órganos Ejecutivo y Legislativo de los Gobiernos Autónomos del nivel subnacional

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CONSTITUCIONALIDAD PARCIAL del art. 4.I de la Ley de Aplicación Normativa –Ley 381 de 20 de mayo de 2013–, condicionada a la interpretación realizada, en sentido que el Presidente y Vicepresidente, están habilitados para una reelección por una sola vez, sea este de forma continua o discontinua

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4

INCONSTITUCIONALIDAD de la Ley 203 de 15 de diciembre de 2011

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5

INCONSTITUCIONALIDAD PARCIAL del art. 4.I de la Ley de Aplicación Normativa, en la frase “elegidos por primera vez a partir de la vigencia de la Constitución”, y por conexitud, la inconstitucionalidad del parágrafo II del mismo artículo, por ser contrarios a la Disposición Transitoria Primera, parágrafo I y art. 168 de la CPE

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