Materias

El Fiscal del Distrito (Departamental) no tiene competencia para disponer el allanamiento de un domicilio
¿Quieres ganar dinero?
Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.
Más informaciónDe lo referido precedentemente, se concluye que el Fiscal del Distrito no tiene competencia alguna para disponer el allanamiento de un domicilio, pues en caso de tener la necesidad, como en el caso presente para elaborar un inventario de bienes de la Fundación, debe acudir ante el Juez competente para solicitar de manera expresa y motivada la adopción de la medida. En consecuencia, al haber dispuesto, mediante Resolución de 30 de enero de 2004, que tres efectivos policiales y los depositarios de los bienes de la Fundación ingresen a los bienes inmuebles de ésta, ha usurpado las funciones de la autoridad judicial, por lo tanto ha viciado de nulidad sus actos, conforme a las normas previstas por el art. 31 de la Constitución.
Para ver los extractos que forma esta linea jurisprudencial, es necesario que inicie sesión
Otros precedentes
Entendimiento, comprensión y finalidad de la inviolabilidad de domicilio
Posibilidades de restricción de la inviolabilidad de domicilio