Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Control de constitucionalidadSubtema: CONTROL A POSTERIORI DE CONSTITUCIONALIDAD
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Entendimiento, comprensión y finalidad del control de constitucionalidad posterior o reparador

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

El control  correctivo o a posteriori, es un sistema a través del cual, el órgano competente realiza el control de las disposiciones legales en vigencia para establecer la compatibilidad o incompatibilidad de sus normas con las  de la Constitución, con el objeto de sanear el ordenamiento jurídico del Estado, de manera que pueda anular  y retirar de dicho ordenamiento, toda norma que sea contraria a los principios,  valores, preceptos y normas establecidas en la Constitución Política del Estado.

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Otros precedentes

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Alcances o ámbitos que abarca el control de constitucionalidad (directo o indirecto)

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2

Clases de inconstitucionalidad en el control correctivo o a posteriori

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El control de constitucionalidad posterior o reparador, está compuesta de tres tipos específicos de control: i) El control normativo de constitucionalidad; ii) El control competencial de constitucionalidad; y, iii) El control tutelar de constitucionalidad

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