Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Acción de Inconstitucionalidad AbstractaSubtema: NATURALEZA JURÍDICA
Líneas Jurisprudenciales:
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Entendimiento, comprensión, finalidad y efectos de la acción de inconstitucionalidad abstracta

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

Tomando en cuenta los fundamentos expuestos por los recurrentes, resulta necesario referirse, con carácter previo a dilucidar la problemática de fondo, a la naturaleza jurídica y los alcances del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad.
Al efecto, cabe señalar que, el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad se articula al sistema de control correctivo o a posteriori de las disposiciones legales, pues a través de él se busca la verificación de la compatibilidad de la disposición legal impugnada con los principios, preceptos y normas de la Constitución.
El objeto del recurso es el examen de constitucionalidad de las disposiciones legales impugnadas, lo que supone que el órgano encargado del control procede a examinar las normas cuestionadas para contrastarlas con las normas previstas en la Constitución. De manera que el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad no tiene por objeto la verificación de los fines, los propósitos, la conveniencia o beneficios que pudiese generar la disposición legal sometida al control, lo que significa que el Tribunal Constitucional, como órgano encargado del control de constitucionalidad, no tiene a su cargo la evaluación de si son convenientes, oportunos o benéficos los propósitos buscados por las normas impugnadas, su labor se concentra en el estudio y decisión de objetivos acerca de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las mismas.
Efectuada esa precisión sobre la naturaleza jurídica del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad, con carácter previo al análisis del fondo, cabe efectuar un análisis de algunos institutos jurídico - constitucionales vinculados con la problemática planteada en el recurso.

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Otros precedentes

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La acción de inconstitucionalidad abstracta procede cuando la norma impugnada esté en vigencia

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La acción de inconstitucionalidad abstracta puede ser interpuesta contra cualquier resolución de carácter normativo de carácter general y abstracto, como son los Acuerdos del Consejo de la Magistratura que aprueban reglamentos aplicables a autoridades jurisdiccionales y de apoyo judicial

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La acción de inconstitucionalidad abstracta, no se activa cuando una norma reglamentaria (Decreto Supremo o Resolución normativa) contradiga o infrinja a una norma legal superior que no sea la Constitución, puesto que ello corresponde al ámbito de control de legalidad

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