Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho PenitenciarioTema: Servicios PenitenciariosSubtema: ASISTENCIA MÉDICA
Líneas Jurisprudenciales:
Agregar a favoritos

La preeminencia en el resguardo de los derechos a la salud y la vida de las personas privadas de libertad

¿Quieres ganar dinero?

Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.

Más información
1

El accionante al encontrarse con detención preventiva y atravesar un problema gástrico, solicitó al Juez de Instrucción Penal, su salida médica para ser atendido en su seguro médico en COSSMIL por un especialista conforme las recomendaciones del galeno del Centro Penitenciario; empero, esa solicitud no fue atendida con la debida celeridad, efectuando actos burocráticos que dilató la atención médica cerca de un mes, evidenciándose la vulneración al derecho a la salud del impetrante de tutela, por lo que corresponde conceder la tutela solicitada

Otros precedentes

1

Debe existir en cada centro penitenciario un servicio de asistencia médica que funcione las veinticuatro horas

Agregar a favoritos
2

En casos de emergencia el director del establecimiento penitenciario o quien se encuentre a su cargo, ordenará el traslado del interno a un Centro de Salud adoptando las Medidas de Seguridad necesarias; debiendo informar de inmediato, al Juez competente

Agregar a favoritos
3

Los permisos de salida o traslado a centros hospitalarios ante una emergencia de salud del privado de libertad solicitados por el interno, su representante o un familiar, requieren previamente del informe del médico del centro penitenciario

Agregar a favoritos
4

Marco normativo nacional e internacional del derecho a la salud de los privados de libertad

Agregar a favoritos