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El voto directo e igual como base del derecho al sufragio y del sistema democrático representativo
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Más informaciónConforme se señaló en la SC 64/2004 precedentemente glosada, el derecho al sufragio se ejerce a través del voto, que tiene como características el ser universal, directo, igual, individual y secreto. Dos de esas características cobran relevancia para analizar la problemática planteada en el recurso: el carácter directo e igual del voto; es directo, porque cada ciudadano elige a las personas que lo han de representar, y es igual, por cuanto no se realiza ninguna distinción entre las personas, varones o mujeres, mayores de dieciocho años de edad, sino que todos pueden concurrir, en igualdad de condiciones, a la elección de sus representantes.
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