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La actividad comercial que realizan las personas particulares en centros de abasto, concretamente el referido a puestos de ventas o kioscos, constituye una actividad laboral a ser tutelable por la justicia constitucional
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Más informaciónInfiriéndose de lo descrito precedentemente, que la actividad comercial que realizan las personas particulares en centros de abasto o sectores destinados a este tipo de asentamientos provisionales, concretamente los referidos a puestos de ventas o kioscos, a través de las organizaciones gremiales, la labor que desempeñan constituye una actividad laboral a ser tutelable por la justicia constitucional ante una eventual infracción.
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