Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal PenalTema: Jurisdicción y competencia penalSubtema: JURISDICCIÓN
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Entendimiento, comprensión y finalidad de la competencia en materia penal

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

Con relación a la jurisdicción el art. 20 del Código de procedimiento penal de 1972 (CPP.1972) promulgado por DL 10426 de 23 de agosto de 1972, refiriéndose al carácter de aquélla, señala que “nace de la ley” y “se ejerce por los jueces y tribunales que ésta instituye, y es improrrogable”; en tanto que el nuevo Código procesal de la materia, en el mismo sentido establece que “corresponde a la justicia penal el conocimiento exclusivo de todos los delitos, así como la ejecución de sus resoluciones (…)”, norma que aclara que la jurisdicción es irrenunciable e indelegable, con las excepciones establecidas en dicho Código.

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