SC 0003/1100-R
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Es el razonamiento constitucional que dio lugar al origen del precedente constitucional
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Resulta inadmisible que el derecho a guardar silencio sea considerada como una acción que perjudique o afecte la averiguación de la verdad.
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Más informaciónQue es necesario dejar establecido que el derecho a guardar silencio, es una garantía constitucional que emerge del principio de que nadie será obligado a declarar contra sí mismo, por lo que resulta inadmisible que el Juez de Hábeas Corpus lo considere como una acción que perjudique o afecte la averiguación de la verdad.
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El derecho - garantía de no declarar contra uno mismo: Prohibición de autoincriminación