Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal PenalTema: Garantías constitucionalesSubtema: DERECHO A GUARDAR SILENCIO
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Resulta inadmisible que el derecho a guardar silencio sea considerada como una acción que perjudique o afecte la averiguación de la verdad.

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SC 0003/1100-R

Fundadora
Es el razonamiento constitucional que dio lugar al origen del precedente constitucional

Que es necesario dejar establecido que el derecho a guardar silencio, es una garantía constitucional que emerge del principio de que nadie será obligado a declarar contra sí mismo, por lo que resulta inadmisible que el Juez de Hábeas Corpus lo considere como una acción que perjudique o afecte la averiguación de la verdad.

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Otros precedentes

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El derecho - garantía de no declarar contra uno mismo: Prohibición de autoincriminación

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