Materias

Los errores o defectos de procedimiento que materialmente no lesionan derechos y garantías fundamentales no tienen relevancia constitucional y por lo mismo, no son susceptibles de corrección por la vía del amparo, a menos que se cumplan con los presupuestos establecidos en la jurisprudencia
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Más informaciónFinalmente, es de advertir que con relación a la garantía del debido proceso frente a actos procesales que pudiesen causar indefensión en el procesado, no toda irregularidad procedimental, como la falta de providencia a los memoriales o la remisión inmediata de expediente o piezas procesales, tiene relevancia constitucional, de manera que no puede considerarse como una lesión al derecho al debido proceso, menos puede calificarse como actos u omisiones que causen indefensión material; por lo mismo no puede activarse el amparo constitucional ante situaciones de meros errores procedimentales que bien, pueden ser corregidos en la misma vía ordinaria.
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Otros precedentes
Existe relevancia constitucional cuando los defectos procedimentales provoquen indefensión material