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INCONSTITUCIONALIDAD del art. 123 del Código Penal que tipifica el delito de sedición.
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El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena; en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y conforme al art. 12.1 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), resuelve:
1o Declarar la INCONSTITUCIONALIDAD del contenido del art. 123 del Código Penal que tipifica el delito de sedición.
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