SC 0003/1100-R
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Es el razonamiento constitucional que dio lugar al origen del precedente constitucional
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CONSTITUCIONALIDAD del art. 28.II de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar
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Más información2o CONSTITUCIONAL el art. 28.II de la LJLA, al no afectar el principio de ne bis in ídem en su componente material de garantía de no ser sancionado dos o más veces por la infracción del mismo bien jurídico.
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CONSTITUCIONALIDAD del art. 28.I.2 de la Ley 060 -Ley de Juegos de Lotería y de Azar-