SC 0003/1100-R
Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior
Materias
Al haber sido solicitados de manera expresa, corresponde atender su solicitud
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Más informaciónPor otra parte, el art. 79.5 de la LTCP, señala que dentro el contenido y forma de la resolución, ésta contendrá entre otros: “La imposición de costas y multa si corresponde”. Y toda vez que en la presente acción fue solicitada la misma de manera expresa y reiterada, es pertinente atender dicha solicitud.
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