Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Acción de LibertadSubtema: NATURALEZA JURÍDICA
Línea Jurisprudencial:
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Protección del derecho a la vida mediante la acción de libertad

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SC 0003/1100-R

La accionante solo efectuó una simple enunciación respecto a la lesión de su derecho a la vida; asimismo, de las piezas procesales no se evidencia prueba documental alguna que demuestre la vida tanto de la accionante como de su hijo menor de edad se encuentren transgredidos, por lo que corresponde denegar la tutela

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SC 0003/1100-R

De la prueba adjunta por la parte accionante, no se evidencia la existencia de ningún elemento contundente que permita establecer un riesgo inminente a su derecho a la vida, por cuanto, el Tribunal Constitucional Plurinacional, no puede definir su certeza y asumir convicción de lo denunciado, por lo que corresponde denegar la tutela solicitada.

Otros precedentes

1

Características de la acción de libertad

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2

Criterios para la presentación verbal u oral de las demandas de acción de libertad

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3

Formas de resolución de la acción de libertad

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4

La acción de libertad no está regida por los principios de inmediatez y de subsidiariedad

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5

Protección del derecho a la salud mediante la acción de libertad

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6

Tipología de la acción de libertad

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7

Triple carácter de la acción de libertad

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8

Entendimiento, procedencia, finalidad y contenido esencial de la acción de libertad

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9

Entre la vía ordinaria y la constitucional existe un límite que define el rol de una y de la otra dentro de un Estado constitucional de Derecho

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10

Es posible efectuar el análisis de otros derechos cuando los mismos tengan conexitud con los que se encuentran bajo la tutela de la acción de libertad

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11

La acción de libertad no está instituida como un mecanismo constitucional para obligar a los servidores públicos (Policía y Ministerio Püblico) al cumplimiento del deber omitido, en cuanto al resguardo del orden público y el conocimiento de hechos que puedan constituir ilícitos penales

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12

La diferencia en los ámbitos de protección de la acción de libertad y de la acción de amparo constitucional

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13

La pretensión jurídica realizada, centrada principalmente en obtener el derecho a las visitas del accionante respecto a su hija menor de edad, no se encuentra dentro de los alcances, finalidad y ámbito de protección de la acción de libertad

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14

Los derechos a la tutela judicial efectiva, al derecho al juez natural, la garantía de presunción de inocencia y el principio de legalidad, no son objeto de tutela de la acción de libertad

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15

Necesidad de identificar los actos u omisiones ilegales o indebidos que hubieren ocasionado la lesión de los derechos invocados

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16

Protección del derecho a la locomoción o circulación mediante la acción de libertad

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