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Si la conducta denunciada de ilegal no lesionó el derecho objeto de protección del amparo constitucional, la misma no adquiere relevancia para la justicia constitucional
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Más informaciónLa acción de amparo constitucional es un mecanismo constitucional de carácter tutelar que tiende a proteger derechos fundamentales, en su calidad de derechos subjetivos; consiguientemente, le corresponde a la autoridad judicial constituida en juez o tribunal de garantías, constatar con absoluta certeza si el derecho objeto de protección se encuentra efectivamente amenazado o vulnerado, puesto que si los actos denunciados de ilegales ciertamente no conculcaron o no se constituyen en una verdadera afrenta al derecho fundamental, cuya tutela se pretende, no adquieren relevancia alguna ante la jurisdicción constitucional; en efecto, para activar la presente garantía jurisdiccional, el accionante debe demostrar fehacientemente que el acto u omisión ilegal denunciado vulneró materialmente el derecho invocado, sin darle opción alguna de que sea reparada o subsanada; es decir, como consecuencia del ejercicio de una determinada conducta (acción u omisión) que se considera ilegal, el derecho -cuya protección se pretende- fue realmente dañado. Bajo ese criterio, si la conducta denunciada de ilegal no ha lesionado el derecho objeto de protección del amparo constitucional, la misma no adquiere relevancia para la justicia constitucional.
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