Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho de la Niñez y AdolescenciaTema: Niña, niño y adolescenteSubtema: NIÑA, NIÑO Y ADOLESCENTE
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Entendimiento y comprensión de la niñez y adolescencia

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

La Constitución Política del Estado, en su art. 58 indica: Se considera niña, niño o adolescente a toda persona menor de edad. Las niñas, niños y adolescentes son titulares de los derechos reconocidos en la Constitución, con los límites establecidos en ésta y los derechos específicos inherentes a su proceso de desarrollo; a su identidad étnica, sociocultural, de género y generacional; y a la satisfacción de sus necesidades, intereses y aspiraciones.
Asimismo, la Norma Suprema en su art. 60 reconoce el deber del Estado de garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado.
Por su parte, el Código Niña, Niño y Adolescente en su art. 5, nos precisa las edades límites según las cuales, un menor de edad es considerado niña, niño o adolescente; en este sentido indica que, la niñez comprende la etapa desde la concepción hasta los doce años y la adolescencia desde los doce hasta los dieciocho años.

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