Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho AdministrativoTema: Servidores PúblicosSubtema: FUNCIONARIOS INTERINOS
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Entendimiento, comprensión y finalidad de los servidores públicos interinos

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

El Diccionario de la Lengua Española, señala que: interino, na. (...) sirve por algún tiempo supliendo la falta de otra persona o cosa. (...) más comúnmente al que ejerce un cargo o empleo por ausencia o falta de otro....
Según Manuel Ossorio, Aun cuando el concepto se aplica con mayor frecuencia a los cargos o empleos públicos, es también de uso corriente en los de carácter privado. Tiene importancia jurídica porque los derechos u obligaciones son en ciertos aspectos diferentes, según que se trate de los titulares de la función o empleo, o de quienes transitoriamente los sustituyen.
Asimismo, los sinónimos de interino son: Provisional, accidental, provisorio, temporal, transitorio, temporáneo, eventual, breve, fugaz, momentáneo, suplente, sustituto.... (Diccionario Océano de Sinónimos y Antónimos).
De acuerdo a las definiciones antes anotadas, el carácter interino de un empleo público o privado, está vinculado a la temporalidad o transitoriedad con la que una persona ejerce una determinada función cuando su titular se encuentre impedido de ejercer ese cargo, ya sea por ausencia, enfermedad, licencia, inhabilidad, etc.; lo que implica que quien asume interinamente un cargo, lo hace a sabiendas que permanecerá en el mismo por un determinado tiempo, mientras dure la causal que originó el interinato, sin que ese periodo genere obligaciones laborales a la entidad, pública o privada, vinculada a la estabilidad laboral en el puesto asumido interinamente.

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