SC 0003/1100-R
Fundadora
Es el razonamiento constitucional que dio lugar al origen del precedente constitucional
Materias
De los artículos 3, 4 y 6; y, de la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo 3319 de 6 de septiembre de 2017
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Más informaciónPOR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena; en virtud a la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.1 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve: declarar la CONSTITUCIONALIDAD de los arts. 3, 4 y 6; y, de la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo 3319 de 6 de septiembre de 2017.
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