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La Constitución Política del Estado, asegura el derecho a la seguridad social, a la mujer embarazada, al ser en gestación y al hijo nacido, hasta el primer año de su nacimiento,
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Más informaciónEl art. 45. I de la CPE, prevé que ...todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social, en este fin el parágrafo III del mismo artículo establece que: El régimen de seguridad social cubre atención por enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad y necesidades especiales; desempleo y pérdida de empleo; orfandad, invalidez, viudez, vejez y muerte; vivienda, asignaciones familiares y otras previsiones sociales... (el subrayado es nuestro).
Por otro lado el art. 48.VI de la CPE, establece: Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por su estado civil, situación de embarazo, edad, rasgos físicos o número de hijas o hijos. Se garantiza la inamovilidad laboral de la mujer en estado de embarazo y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad.
De lo anotado, se establece que la Constitución Política del Estado, asegura a la mujer embarazada, al ser en gestación y al hijo nacido, hasta el primer año de su nacimiento, el derecho a la seguridad social, mismo que comprende también las asignaciones familiares como la prenatal, natal y lactancia, por estar las mismas íntimamente relacionados con el derecho fundamental y primario como es la vida de la mujer, el nuevo ser en gestación y la niña nacida como es el presente caso.
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Otros precedentes
Las etapas de gestación, periodo prenatal y posnatal es preciso que se desarrollen en condiciones adecuadas de tal forma que no afecten la salud física y emocional o psíquica de la madre y del recién nacido
Todo trabajador del sector público o privado, tiene derecho a contar con las prestaciones de corto plazo previstas por el Código de Seguridad Social; más aún en el caso de una mujer trabajadora embarazada